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CERTIFICACION “ACADÉMICA” ??.

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    ColegioPeritosdeChile
  • 2 oct
  • 3 Min. de lectura

Por Paulina Matilde Müller Ugarte

Perito en Documental y Calígrafo

Presidenta del Colegio de Peritos Profesionales de Chile A.G.


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A partir de la década de los 90, con el fortalecimiento y acceso global a internet, vivimos la irrupción de tecnologías y desarrollo de plataformas adecuadas para impartir clases, cursos, seminarios y otras actividades educativas a través de la web, lo que sin dudas aumentó exponencialmente a partir de la pandemia del COVID 19.  Dicha circunstancia nos obligó a buscar formas de continuar con nuestras actividades, y junto a los espacios laborales y familiares, aquellos relacionadas con la educación y capacitación nos conminaron a incursionar y acceder a nuevas formas de entregar y/o recibir conocimientos a través de la virtualidad.


Sin embargo, junto a las ventajas y fortalezas del acceso a dichas instancias de formación ofrecidas por instituciones y organizaciones ya validadas y reconocidas, entre las cuales por cierto encontramos centros de formación y organismos técnicos capacitadores de larga data y prestigio,  asimismo nos vimos invadidos de espacios autocalificados como “académicos” con escasa y/o ausente acreditación, entre los cuales destacan, especialmente en nuestro país, varios que ofrecen cursos, diplomados, seminarios y talleres referidos a la actividad pericial. 


Recordemos que el ejercicio pericial implica indefectiblemente conocimiento sobre normas, legislación, tramitación y procedimientos, límites y sanciones, buen uso del lenguaje oral y/o escrito, y por supuesto y fundamentalmente actualización sobre técnicas y/o herramientas, procesos y normativas entre otros, cuya carencia o desconocimiento restará validez y fiabilidad al trabajo experto. Así, resulta imprescindible que tanto el mandante, el usuario especializado, (abogado, fiscal, juez), como el experto en sí mismo conozcan los unos y asuman los otros, con plena conciencia, la responsabilidad implícita que conlleva la emisión de un dictamen pericial, pero también se genere consciencia para requerir de aquel profesional, acuciosidad, ecuanimidad y objetividad, apego a métodos comprobables y claridad en sus conclusiones,  elementos y factores vitales como respaldo de un informe pericial evacuado por un perito.


Hoy en día la tramitación ha transitado hacia una virtualidad no solo en cuanto a la existencia de un expediente digital, sino que también en la modalidad de declaración o presentación de la prueba pericial y la realización de algunas diligencias previas.


De lo anterior se deduce que es imprescindible para aquel que ejerce como perito, junto a la especialización propia, conocer también el procedimiento en distintas jurisdicciones, plazos, nomenclatura y normas de comunicación formal entre las partes, todo por supuesto sumado al irrestricto resguardo de confidencialidad y preceptos éticos, fundamentales para el profesional que esgrime la calidad de experto forense. 


Como Colegio de Peritos Profesionales de Chile nos parece importante hacer llegar a la comunidad en general, y especialmente a aquellos que ejercemos en el ámbito pericial o que postulan a ejercerlo, y a los usuarios de nuestros servicios en el ámbito judicial y/o privado, algunas precisiones a tener presente:


Toda institución que asume un rol formativo, de enseñanza, aprendizaje e investigación, debe tener planes, objetivos, programas, logros y por cierto certificaciones, debidamente acreditadas por un organismo competente y confiable, ojalá a nivel nacional e internacional.


Las certificaciones con validez académica conllevan indefectiblemente su otorgamiento por una institución de enseñanza, aprendizaje e investigación continua, avalada por académicos y docentes de excelencia, emitida por instituciones educativas reconocidas para tal fin por el Estado, como universidades, IP, CFT, Liceos, colegios. Esta certificación se utiliza para acreditar los niveles de educación alcanzados por una persona, así como para demostrar los conocimientos adquiridos en una materia determinada, la que se obtiene al culminar el programa o cursos correspondiente.


La institución educativa debe poder mostrar su acreditación como tal, sus programas y los currículos de sus académicos. Cada programa debe tener su justificación, objetivos generales y específicos, indicadores de logro y métodos de evaluación. Los certificados deben indicar claramente para qué quedó habilitado el estudiante.   Es necesario por supuesto considerar que un diploma (o certificado” por participación en una capacitación o aprobación de un curso dictado por otras instancia, si bien tiene validez para el objetivo señalado en él, no necesariamente constituyen una acreditación académica según lo que hemos descrito mas arriba.  Téngalo en cuenta.


Por tanto, si el curso, diplomado u otro programa que Ud. aspira a realizar, o ya realizó, no reúne dichos requisitos o usted no los conoce, solicite, consulte, verifique o busque asesoría….   








Las opiniones vertidas en esta sección son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan, necesariamente, el pensamiento de nuestra institución.



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Invitado
05 oct

Excelente tema. Para los que somos de la generación de los 80, hemos sido testigos de estos cambios que se han señalado, creo que es un tema que nos llama a una reflexión profunda, y no tan solo a los que ejercemos la labor pericial, si no que también a los que hoy están encargados de la Academia. Gran tarea nos queda como sociedad.

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Invitado
04 oct

Buenas noches.

Cuando alguien habla sobre acreditación, se me encoge el alma y me duele el tiempo, ese tiempo que gasté solo y con compañeros trasnochados, año tras año, para aprobar un ramo y finalmente titularnos.

Cuando alguien habla de acreditación me pregunto ¿y por qué?, si rendí satisfactoriamente en lo que fue la UTE cuando de 240 que entrabamos en el año solo salían 10. Eso era exigencia, eso era academia y no se requería más acreditación que solamente tener el diploma de titulado que certificaba que eras de lo mejor.

Era el inicio de la década de "los 80", no, no se confunda, no tiene nada que ver con la serie de la TV, a pesar que fue…

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Héctor Casanova
03 oct
Obtuvo 5 de 5 estrellas.

Ciertamente colega, has tocado un punto muy importante, especialmente para el ámbito chileno, que hoy por hoy, escasea en programas académicos de ámbito forense. Las formalidades de un programa acreditado son extensas, tanto en contenido como en planeación, y muchos colegas ciertamente se ven tentados a acceder a cursos o talleres más informales para determinado campo, que abordan muchas veces conocimiento general y en otras tantas conocimiento más específico. Estos programas informales a veces pueden ser la puerta de entrada a la adquisición de conocimiento más profundo, pero ciertamente la falta de certificación puede ser un punto en contra, especialmente si el objetivo es validarse formalmente ante un tribunal.

Asistir a un taller, o a un seminario, congreso, etc., no…

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Felipe Farías
03 oct
Obtuvo 5 de 5 estrellas.

El debate sobre la formación de peritos en Chile es tan necesario como urgente. Desde la implementación de la reforma procesal penal —culminada en 2005— la labor pericial ha permanecido aislada, cerrada y prácticamente ajena al mundo académico. Esto ha tenido como consecuencia que, hasta hoy, no existan programas que aborden de manera integral los distintos aspectos de la labor pericial: desde la elaboración y presentación de informes, las metodologías de trabajo y las habilidades orales en juicio, hasta la ética que debe regir el actuar del perito.


Surge entonces la pregunta: si existiera en Chile un diplomado o incluso una carrera profesional en peritaje, ejecutado por una universidad o instituto, ¿sería suficiente para que este programa fuera reconocido como…


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Invitado
04 oct
Contestando a

Hace algún tiempo, hasta el año 1995, solo podían ser Expertos Técnicos en Prevención de Riesgos los que tuvieran vínculo por más de un año con los Deptos de PRP en sus empresas y rindieran una prueba en el ISP. También podían ser Expertos Profesionales aquellos Ingenieros y Constructores Civiles que acreditaran muchísimas horas de clase en postítulos que impartían la UC y la USaCh. Entonces el espíritu de la Ley 16744 se centraba en quienes tenían el conocimiento de las áreas donde se iba a desenvolver el Experto y su ascendencia sobre el personal

En 1996 la AChS introdujo la carrera de Técnico en Prevención de Riesgos pero casi al abrir tuvo que cerrar. Para introducirme en el tema,…


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Julio
03 oct
Obtuvo 5 de 5 estrellas.

Excelente y completa ayuda a los integrantes nuevos.

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